Notijurídico 225 - MinSalud adopta medidas preventivas transitorias en el control sanitario para el ingreso al país de viajeros internacionales

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución No. 2052 de 2021 “Por la cual se adoptan medidas preventivas transitorias en el control sanitario para el ingreso al país de viajeros internacionales, por vía aérea”.


De esta manera, tiene por objeto adoptar medidas preventivas transitorias para el control sanitario para el ingreso al país de viajeros internacionales, por vía aérea.


Así, aplica a los operadores de aeropuertos, aerolíneas y explotadores de aeronaves, empresas de transporte área, agencias de aduana, a los departamentos, a la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, a la Unidad Especial de Migración Colombia, a las entidades responsables del aseguramiento, a las secretarías de salud municipales, distritales y departamentales, al Centro de Contacto Nacional de Rastreo (CCNR) y a los pasajeros de medios de transporte aéreo internacional.


Los viajeros internacionales que ingresen a Colombia, deberán acatar las siguientes medidas:

  • Certificación o Carné de vacunación.

  • Para los extranjeros, de 18 años o más, no residentes en Colombia que no tengan esquema completo de vacunación o que no cumplan los 14 días de haber terminado el esquema, podrán ingresar al país presentando una prueba PCR con resultado negativo, expedido con una antelación no mayor de 72 horas antes de la fecha y hora de embarque inicialmente programada.

  • En el caso exclusivo de colombianos, extranjeros con residencia permanente en Colombia, diplomáticos y sus dependientes de 18 años o más, que no cuenten con el carné de vacunación o que tengan el esquema de vacunación incompleto o que no cumplan los 14 días de haber terminado el esquema, deberán presentar una prueba PCR con resultado negativo, expedido con una antelación no mayor de 72 horas antes de la fecha y hora de embarque inicialmente programada.

  • Todos los viajeros internacionales, sean connacionales o no, deberán realizar el registro a través de la aplicación Check-Mig de la Unidad Especial de Migración Colombia.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

Descargue el documento aquí


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