Notijurídico 219 - MinSalud asigna recursos a departamentos y distritos destinados a la cofinanciación de las atenciones de urgencia en población migrante

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución No. 1897 de 2021 “Por medio de la cual se asignan recursos a departamentos y distritos destinados a la cofinanciación de las atenciones de urgencia prestadas a la población migrante”.


De esta manera, tiene por objeto asignar la suma de $460.423.542.200,00 M/CTE a departamentos y distritos, con el propósito de cofinanciar el Pago de" las. deudas reconocidas de las cuentas auditadas y conciliadas por dichas entidades territoriales por concepto de las atenciones de urgencias prestadas a la población migrante, disponer el giro de estos recursos a las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas, privadas y mixtas, beneficiarias de estos recursos y habilitadas en el Registro Especial de Prestadores — REPS.


Así, aplica a las entidades territoriales del orden departamental y distrital, a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud — IPS públicas, privadas y mixtas habilitadas en el Registro Especial de Prestadores — REPS, a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud — ADRES y a la Superintendencia Nacional de Salud.


Igualmente, la distribución y asignación de los recursos se efectúa con base en la información reportada y certificada por las entidades territoriales del orden departamental y distrital, por concepto de "Valor pendiente dé pago de las cuentas auditadas, conciliadas y reconocidas", de la facturación radicada con corte al 30 de abril de 2021 por las IPS públicas, privadas y mixtas, de los servicios de atención de urgencia prestados a la población migrante.


Por último, los recursos asignados en el artículo anterior, serán destinados exclusivamente al saneamiento de fa facturación auditada, conciliada y reconocida pendiente de pago a las IPS públicas, privadas y mixtas, habilitadas en el Registro Especial de Prestadores — REPS, informada y certificada por las entidades territoriales a este Ministerio, sin incluir el reconocimiento de intereses de mora.


Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

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