En días pasados, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió la Resolución No. 329 de 2021 "Por la cual se reglamenta el Sistema de Trazabilidad Vegetal".
De esta manera, tiene como objeto reglamentar la operación del Sistema de Trazabilidad Vegetal, con la finalidad de identificar una especie vegetal desde la producción de la semilla hasta la adquisición de los productos vegetales terminados por parte del consumidor final, incluida la producción de la semilla, la transformación, procesamiento, transporte, distribución, comercialización, y demás información asociada a todos los eslabones de la cadena productiva.
Así, las disposiciones incluidas en la presente resolución serán aplicables a entidades territoriales y otras autoridades públicas, instituciones de educación superior, centros de investigación, centros de desarrollo tecnológico, centros de innovación y productividad, y unidades de I+D+i de empresas, gremios y demás entidades sin ánimo de lucro organizadas bajo esquemas asociativos, empresas, consumidores, productores, proveedores, entre otras, personas naturales o jurídicas que produzca, transforme, transporte, distribuya o comercialice especies vegetales y sus productos comestibles para consumo humano en el mercado nacional o internacional.
Igualmente, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Dirección de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Protección Sanitaria, liderará con la participación del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), los gremios agrícolas y otros actores del Sistema de Trazabilidad Vegetal, la formulación gradual de los reglamentos específicos por cada uno de los subsistemas. Cada modificación de estos, deberá estar debidamente justificada. Estos reglamentos y sus modificaciones serán evaluados y aprobados por la Dirección de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Protección Sanitaria para la adopción por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Por último, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) con el propósito de garantizar el adecuado estado de fitosanidad e inocuidad de las especies vegetales, en cumplimiento de los requisitos legales establecidos en las disposiciones nacionales e internacionales, establecerá los procedimientos para la localización, detención y retiro de especie vegetal, en desarrollo de su función de seguimiento al Sistema de Trazabilidad Vegetal.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.