Notijurídico 205 - DIAN establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria por el año gravable 2022

En días pasados, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN  expidió la Resolución No. 124 de 2021 “Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), por el año gravable 2022, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega”.

De esta manera, dentro de los obligados a suministrar información, encontramos los siguientes:

    1. Las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos, con organismos internacionales.

    2. Las personas naturales y sus asimiladas que durante el año gravable 2021 o en el año gravable 2022 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000) y que la suma de los Ingresos brutos obtenidos por rentas capital y/o rentas no laborales durante el año gravable 2022 superen los cien millones de pesos ($100.000.000). Los contribuyentes personas naturales del régimen simple de tributación -SIMPLE que durante el año gravable 2021 o en el año gravable 2022, hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000), sin considerar el tipo de ingreso.

    3. Las personas jurídicas y sus asimiladas y demás entidades públicas y privadas que en el año gravable 2021 o en el año gravable 2022 hayan obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de pesos ($100.000.000).

    4. Las personas naturales y sus asimiladas, las personas jurídicas y sus asimiladas, entidades públicas y privadas, y demás obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta, impuesto sobre las ventas (IVA) y Timbre, durante el año gravable 2022.

    5. Los obligados a presentar estados financieros consolidados.

    6. Las personas o entidades que elaboren facturas de venta o documentos equivalentes.


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