Notijurídico 197 - Alcaldía Mayor de Bogotá imparte instrucciones para el desarrollo de los días sin IVA

En días pasados, la Alcaldía Mayor de Bogotá, expidió el Decreto No. 412 de 2021 “Por medio del cual se imparten instrucciones para el desarrollo de los días sin IVA, 28 de octubre, 19 de noviembre y 3 de diciembre de 2021 en la ciudad de Bogotá D.C."

De esta manera, para la ejecución de los día sin IVA, los responsables del impuesto sobre las ventas – IVA que comercialicen los bienes muebles, deberán implementar medidas que contribuyan a evitar desplazamientos y posibles aglomeraciones, entre las que se encuentra las siguientes:

  1. Promover la adquisición de los bienes muebles establecidos por medios electrónicos o virtuales.

  2. Impartir instrucciones para que el retiro de los productos adquiridos de manera virtual, se realice de forma programada en las tiendas dentro de las dos (2) semanas siguientes, contadas a partir de la fecha en la cual se realizó la compra sin IVA.

  3. Promoción de la extensión de horarios de atención: Con el mismo cometido de evitar desplazamientos y posibles aglomeraciones, se podrá evaluar la posibilidad de extender los horarios de atención al público en los establecimientos comerciales.

  4. Dar cumplimiento a las medidas establecidas en la Resolución 777 de 2021 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

  5. Establecer campañas masivas y claras de difusión que permitan que las personas confluyan a los diferentes centros comerciales, promoviendo la disciplina social, la cultura ciudadana, el uso correcto del tapabocas, el autocuidado y el de su comunidad, el distanciamiento responsable entre las personas y recalcar el actuar de manera solidaria ante las actuaciones que pongan en peligro la vida y la salud de las personas.

  6. Informar y capacitar a los trabajadores y poner a su disposición las guías del Ministerio de Salud y Protección Social, en todo lo relacionado con la prevención del COVID-19, con el fin de que sean también multiplicadores de la información a usuarios y consumidores.

  7. Adoptar la logística necesaria para evitar que en la zona circundante al establecimiento de comercio se generen aglomeraciones producto de la asistencia para la adquisición de los bienes muebles.

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