Notijurídico 196 - MinHacienda creará una línea de redescuento con tasa compensada de Findeter destinada a irrigar recursos a las IPS y EPS

En días pasados, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se crea una línea de redescuento con tasa compensada de la Financiera de Desarrollo Territorial, S.A. -Findeter destinada a irrigar recursos de capital de trabajo, sustitución de deudas e inversión a las IPS y EPS del Sector Salud, lo cual les permitirá continuar con la prestación del servicio de salud y mitigar los efectos de la pandemia originada por el COVID – 19”.

De esta manera, autorícese a la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., -Findeter, a crear una línea de redescuento en pesos con tasa compensada destinada a irrigar recursos de capital de trabajo, sustitución de deudas e inversión a las IPS y EPS del Sector Salud, lo cual les permitirá continuar con la prestación del servicio de salud y mitigar los efectos de la pandemia originada por el COVID – 19.

Así, la aprobación de las operaciones de redescuento realizadas bajo la línea de crédito de redescuento en pesos con tasa compensada se podrá otorgar hasta por un monto de ($172.725.000.000) M/CTE. Para todos los efectos, las operaciones de redescuento enunciadas en el presente decreto, se podrán otorgar únicamente durante el período comprendido entre la entrada en vigencia del presente decreto y hasta el agotamiento de los recursos destinados a la línea.

Para la creación de la línea de redescuento con tasa compensada, los recursos equivalentes al monto del subsidio requerido provendrán de las apropiaciones del Presupuesto General de la Nación que se asignen en la sección presupuestal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y hasta donde las disponibilidades presupuestales lo permitan. Los recursos que no sean colocados al finalizar la vigencia de la línea de redescuento, serán reintegrados a la Dirección del Tesoro Nacional dentro de los tres (3) meses siguientes.

Por último, podrán ser beneficiarios de la línea de redescuento con tasa compensada, las Empresas Promotoras de Salud - EPS e Instituciones Prestadoras de Salud -IPS.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 11 de noviembre de 2021.

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