Notijurídico 192 - Alcaldía Mayor de Bogotá modifica lo relacionado con el estacionamiento en vía pública

En días pasados, la Alcaldía Mayor de Bogotá, expidió el Decreto No. 379 de 2021 “Por medio del cual se modifica lo relacionado con el estacionamiento en vía pública y se dictan otras disposiciones, para establecer la operación pública del Estacionamiento en Vía."

De esta manera, tiene por objeto establecer el estacionamiento en vía como una operación pública realizada a través de una entidad pública distrital del sector descentralizado, así como definir el mecanismo para su administración, detallar los aspectos a tener en cuenta en la determinación y cobro de la tarifa al usuario y sus medios de pago, en el marco del Sistema Inteligente de Estacionamientos (SIE).

Así, la Secretaría Distrital de Movilidad autorizará la creación, modificación o supresión de los segmentos viales con estacionamiento en vía autorizado. En caso de implementación de proyectos tales como ciclorrutas, peatonalizaciones temporales o permanentes, zonas de cargue y descargue, zonas amarillas, pacificaciones, rutas o proyectos asociados al transporte público o privado, instrumentos de planeamiento, cicloparqueaderos, sistemas de bicicletas, sistemas de micromovilidad, o por motivos de seguridad vial, entre otros, la Secretaría Distrital de Movilidad podrá modificar los segmentos viales, de acuerdo con el estudio técnico correspondiente.

Igualmente, el valor aplicable de la tarifa en cada una de las áreas de implementación, será definido por la Secretaría Distrital de Movilidad de oficio o por solicitud del Operador, quien realizará una propuesta de las tarifas a cobrar a los usuarios, respetando los rangos tarifarios definidos en el Acuerdo 695 de 2017, y en las actualizaciones que realice la Secretaría Distrital de Movilidad. La Secretaría Distrital de Movilidad contará con cinco (5) días para aprobar la tarifa propuesta por el Operador.

Por último, el pago por el estacionamiento en vía se realizará de manera anticipada a través de, entre otros, sistemas prepagos, pago en efectivo, aplicaciones móviles, dispositivos electrónicos disponibles en el espacio público o en el área de influencia de los segmentos viales habilitados para estacionamiento en vía pública, o mediante cualquier otro sistema tecnológico, los cuales podrán ser implementados progresivamente.

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