Notijurídico 189 - MinTransporte reglamenta el permiso de circulación restringida

En días pasados, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución No. 45815 de 2021 “Por el cual se reglamenta el permiso de circulación restringida”.

De esta manera, tiene por objeto reglamentar el permiso de circulación restringida para vehículos automotores, vehículos no automotores, y el permiso de circulación restringida para efectuar la revisión Técnico-mecánica y de emisiones contaminantes e intervenciones correctivas, de los vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor mixto, colectivo, e individual de pasajeros en vehículos taxi de radio de acción municipal, que operan en los municipios donde no existen Centros de Diagnóstico Automotor, líneas móviles o establecimientos donde se pueden realizar intervenciones colectivas.

Así, el permiso de circulación restringida para vehículos automotores sólo podrá solicitarse en los siguientes eventos:

  1. Para someter el vehículo a las siguientes pruebas técnicas dentro del proceso de ensamble y terminado:

    • Prueba de desempeño.

    • Prueba de calidad.

    • Prueba de seguridad.

  2. Para desplazarlo a playas de exhibición, vitrinas de ventas, ferias y otras exposiciones.

  3. Para trasladarlo a zonas francas donde surtirá su proceso de nacionalización.

  4. Para desplazarlo para montaje, fabricación y ensamble de carrocería y otros accesorios.

Por último, el sistema de circulación restringida será expedido a través del sistema RUNT, a solicitud de personas naturales o jurídicas que acrediten su calidad de fabricantes de vehículos o de carrocerías, ensambladoras, importadores, exportadores y concesionarios. Este permiso será expedido por la dirección de Tránsito y Transporte a través del sistema RUNT, tendrá cobertura nacional y deberá ser portado por cada vehículo, ubicado en un sitio visible, con el fin de permitir su identificación y control por las autoridades de tránsito.

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