Notijurídico 189 - DIAN establecerá el grupo de obligados a suministrar información tributaria por el año gravable 2022

En días pasados, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución ”Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, por el año gravable 2022, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega”.

De esta manera, deberán suministrar información, los siguientes obligados:

    1. Las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos, con organismos internacionales.

    2. Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, las cooperativas de ahorro y crédito, los organismos cooperativos de grado superior, las instituciones auxiliares del cooperativismo, las cooperativas multiactivas e integrales y los fondos de empleados que realicen actividades financieras.

    3. Las bolsas de valores y los comisionistas de bolsa.

    4. Las personas naturales y sus asimiladas que durante el año gravable 2021 o en el año gravable 2022 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000) y que la suma de los Ingresos brutos obtenidos por rentas capital y/o rentas no laborales durante el año gravable 2022 superen los cien millones de pesos ($100.000.000).

Así, las personas jurídicas y sus asimiladas con ánimo de lucro, las cooperativas y los fondos de empleados, obligadas a presentar información deben suministrar la información, así:

  • Apellidos y nombres o razón social

  • Identificación.

  • Dirección.

  • País de residencia o domicilio.

  • Porcentaje de participación de cada una de las personas o entidades que sean socias, accionistas, comuneros, asociados y/o cooperados de la respectiva entidad, que posean acciones y/o aportes con indicación del valor patrimonial a treinta y uno (31) de diciembre superior a una cuantía de tres millones de pesos ($3.000.000) y el valor porcentual de participación.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 24 de octubre de 2021.

Descargue el documento aquí

Iniciar sesión para dejar un comentario
Notijurídico 188 - MinSalud establecerá requisitos para reconocimiento y pago del servicio de albergue en el Departamento de Guainía
>