En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución No. 1529 de 2021 “Por la cual se modifica la Resolución 1161 de 2020 en relación con los servicios y tecnologías que integran las canastas para el tratamiento de las enfermedades causadas por el Covid-19”.
De esta manera, las canastas de servicios y tecnologías en salud para la atención de usuarios diagnosticados con COVID-19, son:
Disponibilidad de camas de cuidados intensivos e intermedios.
Pruebas de búsqueda, tamizaje y diagnóstico COVID-19.
Atención hospitalaria básica.
Atención hospitalaria media (Internación complejidad alta y unidad de cuidado intermedio)
Atención hospitalaria en unidad de cuidado intensivo.
Así, los servicios y tecnologías que hacen parte de las canastas se establecen en el Anexo que hace parte integral del presente acto administrativo e incluyen las complicaciones más frecuentes en Unidad de Cuidado Intensivo (Sistema Nervioso Central, Cardiovascular, Renal, Vascular).
Por último, el valor de cada uno de los servicios y tecnologías de las canastas, así como las condiciones de reconocimiento y pago por parte de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud — ADRES, se regularán en el momento éstas, fundamento en que el Ministerio de Salud y Protección Social determine la adopción teniendo en cuenta la metodología que se defina para el efecto.