En días pasados, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se sustituye la tasa retributiva por la utilización directa e indirecta del agua como receptor de los vertimientos puntuales”.
De esta manera, tiene por objeto reglamentar la tasa retributiva por la utilización directa e indirecta del recurso hídrico como receptor de vertimientos puntuales.
Así, el presente capítulo aplica a las autoridades ambientales y a los usuarios que realizan vertimientos sobre el recurso hídrico.
Igualmente, están obligados al pago de la Tasa Retributiva por Vertimientos Puntuales al Agua todos los usuarios que realicen vertimientos puntuales directa o indirectamente al recurso hídrico.
Por último, la tasa retributiva es aquella que cobrará la autoridad ambiental a los usuarios por la utilización directa e indirecta del recurso hídrico, como receptor de vertimientos puntuales directos o indirectos y sus consecuencias nocivas, originados en actividades antrópicas o propiciadas por el hombre y actividades económicas o de servicios, sean o no lucrativas.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 9 de diciembre de 2024.