Notijurídico 182 - Alcaldía Mayor de Bogotá modificará los eventos culturales, recreativos y deportivos

En días pasados, la Alcaldía Mayor de Bogotá publicó para comentarios el Proyecto de Decreto ”Por medio del cual se modifica lo relacionado con eventos culturales, recreativos y deportivos”. De esta manera, la ventanilla única del SUGA, operará para:

  1. Recibir las solicitudes de registro de aglomeraciones de público que se vayan a realizar en el Distrito Capital y los demás documentos de que trata el presente Decreto y los que se señalen en las disposiciones complementarias, que para el efecto se expidan.

  2. Recibir la información de los escenarios culturales para los espectáculos públicos de las artes escénicas reconocidos en el Distrito Capital.

  3. Servir de mecanismo articulador entre las entidades integrantes del SUGA para efectuar los trámites establecidos en este Decreto, así como con otras autoridades administrativas que tengan competencias directas o indirectas relacionadas con las actividades de aglomeración y habilitación de escenarios de espectáculos públicos de las artes escénicas.

  4. Servir de orientación a los usuarios del sistema, así como de canal de información a éstos.

  5. Dar cabal cumplimiento a las disposiciones de orden legal que sean requeridas para agilizar y garantizar una adecuada atención a los organizadores de actividades de aglomeraciones de público.

  6. Realizar la notificación en la forma legalmente establecida el contenido de sus decisiones.

Así mismo, el responsable de cada escenario cultural para las artes escénicas deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Contar con un Plan de Gestión del Riesgo o plan de contingencia para la prevención y mitigación de riesgos, que responda a las características particulares del escenario.

  2. Cumplir con las condiciones sanitarias y ambientales.

  3. En el caso de edificaciones nuevas, las que soliciten licencia de construcción y aquellas indispensables para la recuperación de la comunidad con posterioridad a la ocurrencia de un sismo se deberá contar con un concepto técnico del comportamiento estructural y funcional del escenario.

  4. Cumplir con las normas referentes a la intensidad auditiva, horario y ubicación señalados por la entidad competente del respectivo municipio o distrito. 

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 15 de octubre de 2021.

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