En días pasados, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se adiciona lo relacionado con la cédula rural”.
De esta manera, la Cédula Rural constituye el registro cuyo propósito es formalizar la actividad de producción agropecuaria, promover la inclusión financiera, controlar el otorgamiento de créditos, subsidios, incentivos o apoyos estatales a las actividades agropecuarias y rurales, así como obtener información de la producción agropecuaria para la adopción de políticas públicas.
Así, la Cédula Rural obedece a un registro que se diligenciará a partir de la inscripción de la cédula de ciudadanía tratándose de personas naturales, o del número de identificación tratándose de personas jurídicas.
Igualmente, la Cédula Rural no será un documento de identificación que reemplace el otorgado por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
De la misma forma, se busca crear la plataforma tecnológica denominada “Mi Registro Rural”, la cual contendrá lo relacionado con el propósito de la Cédula Rural y se alimentará de la información suministrada por los interesados en el proceso de registro y autenticación digital, el diligenciamiento de datos e información declarados en los formularios de caracterización y los datos e información interoperados con las diferentes fuentes de información disponibles.
Para efectos de acceder a los créditos, subsidios, incentivos o apoyos estatales a las actividades agropecuarias y rurales, las personas naturales o jurídicas interesadas deberán estar previamente registradas en el portal “Mi Registro Rural”, y mantener actualizada su información.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 29 de septiembre de 2021.