En días pasados, se radicó en el Congreso de la República el Proyecto de Ley No. 344 C de 2024 “Por medio de la cual se establecen lineamientos para informar al consumidor de dispositivos y aparatos eléctricos y electrónicos de los efectos de la obsolescencia programada”.
De esta manera, tiene por objeto establecer lineamientos que garanticen la protección del derecho a la información de los consumidores de dispositivos y aparatos eléctricos y electrónicos de consumo contra los efectos de la obsolescencia programada.
Así, se aplicarán a todas las personas naturales o jurídicas que se dediquen a la fabricación, importación o distribución de dispositivos y aparatos eléctricos y electrónicos de consumo.
Igualmente, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y el Ministerio de Comercio Industria y Turismo, reglamentará específicamente las categorías y tipos de dispositivos y aparatos eléctricos y electrónicos de consumo a los que hace referencia este artículo.
Por último, toda persona natural o jurídica que se dedique a la fabricación, importación o distribución de dispositivos y aparatos eléctricos y electrónicos de consumo dentro del territorio nacional, deberá informar al consumidor sobre la vida útil del producto que comercializa. Esto bajo condiciones de uso adecuadas y conformes a las instrucciones de instalación, uso o mantenimiento, indicadas en el manual del producto y la garantía.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 31 de octubre de 2024.