En días pasados, el Ministerio de Transporte publicó la Circular No. 0617 de 2024 con la unificación de criterios para la aplicación de algunos trámites ante los Organismos de Tránsito.
De esta manera, para adelantar el cambio de locatario en el sistema de información sobre una operación de leasing, a petición de la entidad financiera, el organismo de tránsito realizará el procedimiento pertinente para actualizar en el Registro Único Nacional de Tránsito el nombre del locatario que figura en el sistema.
Así, cuando se trata de registro inicial o matrícula inicial de un vehículo adquirido por un establecimiento bancario o compañía de financiamiento y destinado a ser objeto de un contrato de arrendamiento financiero o leasing, se deberá dar estricto cumplimiento a los requisitos y procedimientos establecidos, anexando además el formato de certificación del locatario o arrendatario que se encuentra registrado en la operación de leasing o, en su defecto, copia del contrato suscrito entre el establecimiento bancario o compañía de financiamiento y el locatario o arrendatario del vehículo.
Por último, para realizar el trámite, los Organismos de Tránsito deberán confrontar la información registrada en el sistema RUNT, con los datos de la licencia de tránsito y deberán usar la herramienta de consulta en el Registro de Garantías Mobiliarias para verificar que allí conste la inscripción o el levantamiento de la respectiva limitación o gravamen, en línea y en tiempo real, sin solicitar requisitos adicionales a los establecidos.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.