En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó la Resolución No. 1884 de 2024 “Por la cual se modifica la implementación del RIPS como soporte de la Factura Electrónica de Venta”.
De esta manera, para la implementación del RIPS como soporte de la FEV en salud y el inicio de la operación de la plataforma del mecanismo único de validación, las entidades seguirán determinadas actividades y cronograma.
Así, a partir de las fechas de inicio previstas para cada grupo de entidades, detalladas en el listado dispuesto por el Ministerio en el micrositio de FEV-RIPS, las entidades deben entregar el RIPS correspondiente a los servicios y tecnologías de salud prestados y facturados a partir de esta fecha, conforme con lo previsto en la presente resolución y sus anexos técnicos; mientras se cumple este plazo los RIPS deberán ser entregados en las estructuras definidas.
Igualmente, los prestadores de servicios de salud, las entidades responsables de pago y demás pagadores, dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para enviar los RIPS de las atenciones prestadas antes de/inicio de vigencia que les corresponda conforme con la periodicidad con la que se remiten durante la operación. La facturación de estos servicios se realizará en la estructura convencional de facturación electrónica establecida por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales —DIAN.
Por último, las actividades a realizarse dentro del plan de transición, serán obligatorias para los facturadores electrónicos del sector salud y las entidades obligadas a reportar RIPS, según corresponda. Este Ministerio les notificará las fechas en las cuales deberán asistir a las diferentes sesiones, en el caso de los Prestadores de Servicios de Salud -PSS a través del correo institucional disponible en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud -REPS y en el caso de los Proveedores de Tecnologías en Salud - PTS a través de los correos institucionales que registren siguiendo el proceso de autenticación dispuesto en SISPRO.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.