En días pasados, el Ministerio de Transporte, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se adopta el reglamento técnico para la evaluación del desempeño de sistemas de contención vehicular”.
De esta manera, tiene por objeto adoptar el reglamento técnico para la evaluación del desempeño de los sistemas de contención vehicular que se produzcan o comercialicen en Colombia destinados a la red vial de transporte terrestre automotor, viaductos y puentes de todo el territorio nacional.
Así, el reglamento técnico tiene como fin prevenir o minimizar riesgos para la vida e integridad de las personas, a través de la disposición de requisitos técnicos de desempeño para dichos dispositivos.
Igualmente, el presente reglamento técnico tendrá las siguientes excepciones:
Los sistemas de contención, terminales o transiciones destinados a su uso fuera del territorio nacional.
Los sistemas de contención, terminales o transiciones que ingresan al país con destino a los procesos de ensayo, para fines de certificación. El número de productos permitido será el que señale el contrato suscrito entre el productor y el organismo de certificación.
Los sistemas de contención, terminales y transiciones que ingresen al país con destino a la realización de ferias y eventos, pruebas y prototipos para desarrollo.
Los sistemas de contención, terminales y transiciones comercializadas para uso en el territorio nacional que cuenten con factura de compraventa anterior a la entrada en vigor del presente reglamento técnico.
Por último, los productores, proveedores y organismos de certificación sujetos al presente reglamento técnico serán responsables por el cumplimiento de las condiciones técnicas exigidas. La responsabilidad civil, penal o fiscal originada en la inobservancia de las disposiciones contenidas en la presente resolución, será la que determinen las disposiciones legales vigentes. Además de las anteriores responsabilidades, el incumplimiento de los requisitos exigidos en el presente Reglamento Técnico conlleva la imposición de sanciones.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 10 de septiembre de 2021.