En días pasados, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por medio del cual se modifica lo relacionado con los ecosistemas de pago de bajo valor”.
De esta manera, la actividad de adquirencia podrá ser desarrollada por los establecimientos de crédito, las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos - SEDPES, las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito de categoría plena, y por sociedades anónimas no vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Así, las entidades administradoras del sistema de pago de bajo valor que utilicen la infraestructura de un establecimiento de crédito para efectuar su proceso de liquidación deberán gestionar los riesgos operacionales asociados a esta interconectividad aplicando, entre otros aspectos, los requisitos de control definidos por la Superintendencia Financiera de Colombia para la tercerización de procesos críticos.
Igualmente, la actividad de adquirencia podrá ser desarrollada por los establecimientos de crédito, las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos - SEDPES, las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito de categoría plena, y por sociedades anónimas no vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia o la Superintendencia de la Economía Solidaria.
Por último, las sociedades no vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia o la Superintendencia de la Economía Solidaria que desarrollen la actividad de adquirencia, deberán depositar los fondos resultantes de las órdenes de pago o transferencia de fondos a favor de los comercios adquiridos en establecimientos de crédito o sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos - SEDPES. En este caso, ni el establecimiento de crédito ni la sociedad especializada en depósitos y pagos electrónicos - SEDPES tendrá la calidad de adquirente, ni asumirá sus obligaciones y responsabilidades.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 16 de octubre de 2024.