En días pasados, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, expidió la Sentencia No. 76300 de 2023 Decreta medida cautelar de urgencia como medio de protección de los derechos e intereses colectivos.
De esta manera, decretó como medida cautelar de urgencia la adopción de un plan de respuesta urgente a la crisis de desabastecimiento de medicamentos e insumos.
Así, dicho plan, elaborado en forma conjunta por el Ministerio de Salud y Protección Social y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, deberá incluir, de manera específica, las gestiones que se adelantarán con respecto a los siguientes aspectos:
Asegurar la disponibilidad de los medicamentos priorizados por el Ministerio de Salud y Protección Social y de los demás principios activos que presentan una oferta insuficiente frente a las necesidades de la población.
Priorizar el trámite y resolución de las 27.904 solicitudes de registro de medicamentos que cursan ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, que se encuentran pendientes, a fin de garantizar la disponibilidad en los canales institucionales y comerciales.
Definir las estrategias para facilitar el acceso a la materia prima requerida para la fabricación de medicamentos
Igualmente, establece como término para presentar el plan: diez (10) días contados a partir del día siguiente a la notificación de esta providencia.
Por último, una vez allegado el informe por parte del Ministerio de Salud y Protección Social y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, la Secretaría de la Sección deberá ingresar el cuaderno de esta medida cautelar de urgencia, para resolver lo que corresponda.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.