Notijurídico 141 - MinHacienda modificará parcialmente el Decreto relativo al Operador Económico Autorizado -OEA

En días pasados, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica parcialmente el Decreto relativo al Operador Económico Autorizado -OEA y se dictan otras disposiciones respecto de su aplicación en la transición normativa”.

De esta manera, para solicitar y mantener la autorización como Operador Económico Autorizado -OEA, el interesado o el autorizado, según corresponda, deberá cumplir y acreditar la totalidad de las condiciones, las cuales serán verificadas por las autoridades de control, apoyo y coordinación dentro del marco de las competencias asignadas a cada una de ellas.

Así, la autorización otorgada por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN a los Operadores Económicos Autorizados - OEA tiene una vigencia indefinida, salvo que se presente alguna de las causales que dé lugar a la pérdida o a la cancelación de la autorización de conformidad con las normas que regulen la materia.

Igualmente, con el objeto de garantizar que el Operador Económico Autorizado -OEA mantenga el cumplimiento de las condiciones y requisitos con base en los cuales se le otorgó la autorización, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN coordinará con las autoridades de control, apoyo y coordinación, la realización de revalidaciones periódicas documentales, presenciales o virtuales, según sea el caso.

Por último, las autoridades de control, apoyo y coordinación según corresponda, regularán mediante resolución conjunta de carácter general lo relacionado con las condiciones previas; los requisitos mínimos de seguridad para los diferentes tipos de usuario y categorías; las etapas para obtener la autorización; el otorgamiento de beneficios; el procedimiento y términos para la realización de las revalidaciones; la metodología y previsiones necesarias para el funcionamiento del Comité Técnico y del Grupo Consultivo del Operador Económico Autorizado -OEA y las demás disposiciones necesarias para garantizar el acceso al programa, su operatividad, la actualización, su modificación o ajuste.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 20 de septiembre de 2024.

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