En días pasados, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se modifica la Guía ambiental para el tratamiento de vehículos al final de su vida útil o desintegración vehicular”.
De esta manera, la Guía ambiental para el tratamiento de vehículos al final de su vida útil o desintegración vehicular, es aplicable tanto para las entidades desintegradoras como para las autoridades ambientales en el territorio nacional.
Así, en los casos en que la guía ambiental incorporada mediante la presente resolución aplique para proyectos, obras o actividades sujetas a licencias, permisos, concesiones o demás autorizaciones de carácter ambiental, lo dispuesto en la guía tendrá carácter complementario a los términos, condiciones y obligaciones bajo los cuales se autorizó dicho proyecto, obra o actividad.
Igualmente, durante el control y seguimiento de los proyectos, obras o actividades sujetos a licencia ambiental, permisos, concesiones y/o autorizaciones, las Autoridades Ambientales Competentes podrán verificar la implementación de lo dispuesto en las guías ambientales y efectuar a los usuarios las recomendaciones a que haya lugar.
Por último, la implementación de las guías ambientales no exime al interesado de la obtención previa de los permisos, concesiones y/o autorizaciones ambientales que se requieran para el uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales renovables.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 13 de septiembre de 2024.