En días pasados, el Ministerio de Minas y Energía, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se establecen las condiciones de interoperabilidad para las estaciones de carga de acceso público de vehículos eléctricos e híbridos enchufables”.
De esta manera, tiene como propósito establecer las condiciones de interoperabilidad para la estación de carga de acceso público de vehículos eléctricos e híbridos enchufables.
Así, los prestadores del servicio de carga para vehículos eléctricos e híbridos enchufables, CPO y MSP, deberán reportar, en la plataforma que se destine para tal fin, respecto de las estaciones de carga de acceso público al menos la siguiente información:
- Datos Prestador del servicio de carga, MSP o CPO.
- Datos de estaciones de carga de acceso público.
Igualmente, los prestadores del servicio de carga para vehículos eléctricos e híbridos enchufables, CPO y MSP, deberán ofrecer en las estaciones de carga de acceso público, sin ningún tipo de restricción, la posibilidad de carga a usuarios sin suscripción ni membresía. Así mismo, deberán disponer de opciones de pago recurrentes en el mercado incluyendo medios electrónicos y/o digitales.
Por último, todas las estaciones de carga de acceso público deben estar conectadas con el sistema de gestión de los prestadores del servicio de carga para vehículos eléctricos e híbridos enchufables o CPO, según aplique, a través de un protocolo de comunicación abierto, ya sea la última versión del Protocolo Abierto de Puntos de Carga (OCPP, por sus siglas en inglés) o de una norma equivalente expedida por la Organización Internacional de Normalización – ISO (por sus siglas en inglés) o la Comisión Electrotécnica Internacional IEC (por sus siglas en inglés) o el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación – ICONTEC.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 26 de septiembre de 2023.