Notijurídico 135 - MinAmbiente establecerá directrices para la suscripción y terminación unilateral de acuerdos voluntarios de conservación

En días pasados, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se establecen directrices para la suscripción y terminación unilateral de los acuerdos voluntarios de conservación, en el marco de proyectos de Pagos por Servicios Ambientales y otros incentivos a la conservación, financiados por el Fondo para la Vida y la Biodiversidad”.

De esta manera, tiene por objeto establecer las directrices para la suscripción y terminación unilateral de los acuerdos voluntarios de conservación, en el marco de proyectos de Pagos por Servicios Ambientales y otros incentivos a la conservación, financiados por el Fondo para la Vida y la Biodiversidad.

Así, previo a la suscripción de acuerdos voluntarios de conservación, en el marco de proyectos de Pagos por Servicios Ambientales y otros incentivos a la conservación, financiados por el Fondo para la Vida y la Biodiversidad, las partes deberán incluir una cláusula en la que se establezca que los acuerdos de conservación serán terminados unilateralmente por parte del interesado en el servicio ambiental o la entidad del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible encargada de la verificación del cumplimiento de las acciones de preservación y/o restauración, cuando el beneficiario incurra en alguna de las causales de que trata el artículo 4 de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en las normas civiles y comerciales sobre el asunto.

Por último, la terminación unilateral de los acuerdos de conservación, en el marco de proyectos de Pagos por Servicios Ambientales y otros incentivos a la conservación, financiados por el Fondo para la Vida y la Biodiversidad y ejecutados por medio de convenios suscritos con una entidad del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, encargada de la verificación del cumplimiento de las acciones de preservación y/o restauración, será comunicada por el supervisor del convenio, al beneficiario que incumpla el acuerdo, de conformidad con lo establecido en las normas civiles y comerciales.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 12 de septiembre de 2024.

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