En días pasados, se radicó en el Congreso de la República el Proyecto de Ley No. 136 S de 2024 "Por medio del cual se regula el servicio de transporte privado intermediado por plataformas digitales".
De esta manera, tiene como finalidad regular la prestación de los servicios de transporte privado intermediados por plataformas tecnológicas, así como regular a las empresas que administran dichas plataformas, con él propósito de:
Garantizar el derecho fundamental de locomoción de los colombianos.
- Asegurar los derechos y la seguridad de los usuarios.
- Promover la mejora y calidad del servicio.
- Establecer un registro nacional de empresas y plataformas de intermediación.
Así, créase el Registro Único Nacional del Servicio de Movilidad Intermediado como parte del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT). Será administrado por el Ministerio de Transporte en coordinación con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Igualmente, las Empresas Administradoras de Plataformas de Intermediación para la Movilidad deberán tomar, con una compañía de seguros autorizada para operar en Colombia, pólizas de seguro de responsabilidad civil extracontractual que amparen los riesgos inherentes a la actividad de intermediación y prestación del servicio de movilidad.
Por último, el Ministerio de Transporte establecerá un mecanismo de compensación para los propietarios de vehículos de transporte individual tipo taxi que hayan adquirido sus cupos antes de la entrada en vigencia de esta ley.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 10 de septiembre de 2024.