En días pasados, el Ministerio del Trabajo publicó la Resolución No. 3031 de 2023 “Por la cual se ordena a los empleadores la actualización de la autorización para trabajar horas extras”.
De esta manera, todo empleador que en la actualidad cuente con una autorización para laborar horas extras que no tenga un término de vigencia específico, contará, a partir de la fecha de vigencia de la presente Resolución, con un término de seis (6) meses para tramitar la respectiva actualización de su autorización ante la Dirección Territorial del Ministerio del Trabajo de su jurisdicción, la cual no podrá superar el término de dos (2) años.
Así, durante el término de los seis (6) meses señalados para el proceso de actualización, continuará siendo válida la autorización que en su momento fue otorgada por la respectiva Dirección Territorial.
Igualmente, superado el término establecido en el presente acto, las autorizaciones que no hayan sido objeto de actualización perderán vigencia.
Por último, el desarrollar trabajo suplementario sin contar con autorización expresa del Ministerio será sancionado de conformidad con las disposiciones legales.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.