En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se establecen los criterios para la compra centralizada, distribución y suministro de los medicamentos antirretrovirales y el seguimiento a las personas que viven con VIH”.
De esta manera, tiene por objeto establecer los criterios en que el Ministerio de Salud y Protección Social, a través del Fondo Rotatorio Regional para la Adquisición de Productos Estratégicos de Salud Pública OPS/OMS, a tener en cuenta para realizar la compra centralizada del medicamento en combinación a dosis fija TLD -Tenofovir Disoproxil, Lamivudina, Dolutegravir-, en adelante el medicamento, para el tratamiento de la infección por VIH, prescritos por el médico tratante u ordenados por fallo de tutela; señalando pautas para su distribución y suministro, así como las reglas para el seguimiento del medicamento el cual será entregado a los siguientes grupos de personas:
- Personas que viven con VIH que hacen parte de la población migrante venezolana regular.
- Personas que viven con VIH recién diagnosticadas.
- Personas que viven con VIH con falla virológica.
Así, el médico tratante, una vez verifique el cumplimiento de los criterios para la prescripción del medicamento establecidos en la vía clínica prescribirá a través de la plataforma MIPRES las dosis completas del medicamento indicado.
Igualmente, la compra centralizada de medicamentos se hará con cargo a los recursos asignados por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES.
Por último, la distribución de medicamentos, se realizará a través del Ministerio de Salud y Protección Social al operador logístico de las Entidades Promotoras de Salud — EPS, o quien haga sus veces. Los beneficiarios de estos medicamentos deberán estar reportados al Sistema de Vigilancia en Salud Pública —SIVIGILA-, en el caso de las personas que viven con VIH o ser reportados al sistema de información que defina este Ministerio. En el caso de las personas con exposiciones de riesgo biológico que requieren profilaxis post-exposición para VIH, la distribución y entrega deberán ser reportadas a través del aplicativo MIPRES.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 27 de agosto de 2024.