En días pasados, en el Congreso de la República se radicó el Proyecto de Ley No. 109 S de 2023 “Por medio de la cual se regula la contratación de personas y aportes a la seguridad social en las plataformas digitales y se dictan otras disposiciones”.
De esta manera, tiene por objeto regular la contratación entre las Empresas de Intermediación Digital, plataformas y los contratistas colaboradores, de plataformas de reparto, para la prestación de los servicios ofrecidos por las plataformas.
Así, el contrato que celebre la plataforma digital con los proveedores de servicios o bienes ofrecidos para ser comercializados se regirá por las normas comerciales. El contrato que celebre la plataforma digital con el contratista colaborador será de naturaleza civil y deberá constar en un documento físico o digital.
Igualmente, el documento que se suscriba para la contratación civil de que trata el artículo anterior, deberá contener como mínimo: el objeto del contrato, las partes, los honorarios en su cuantía, forma de pago y periodicidad; derechos y obligaciones de la plataforma y del contratista colaborador; término de duración, formas y causales de terminación; posibilidad de ceder o no el contrato, sanciones por incumplimiento; obligaciones y derechos de ambas partes, calificaciones e incentivos por el buen servicio y demás que reglamente el Gobierno Nacional.
Por último, para efectos de la validez del contrato se exigirá que el colaborador contratista esté afiliado al Sistema General de Pensiones, Sistema General de Seguridad Social en Salud y al Sistema de Riesgos Laborales. La base de cotización para los aportes del contratista colaborador al Sistema de Seguridad Social Integral, será el 40% del total de los ingresos pagados por la plataforma o Empresa de Intermediación Digital al contratista colaborador. La plataforma aportará el 60% de la cotización total y el contratista colaborador pagará el 40% restante.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 5 de septiembre de 2023.