Notijurídico 115 - MinSalud establecerá el reglamento técnico que define los usos y contenidos máximos de grasas trans industriales y de aceites parcialmente hidrogenados

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó el Proyecto de Resolución “Por la cual se establece el reglamento técnico que define los usos y contenidos máximos de grasas trans industriales y de aceites parcialmente hidrogenados”.

De esta manera, el presente reglamento técnico tiene por objeto establecer los contenidos máximos de las grasas trans industriales en alimentos envasados para consumo humano, así como el uso de aceites parcialmente hidrogenados en el procesamiento de alimentos con el fin de contribuir a la reducción de las enfermedades cardiovasculares, y así dar cumplimiento al objetivo legítimo de proteger la salud de la población colombiana, dando cumplimiento a los Acuerdos de la OTC de la OMC y las directrices de la OMS y OPS.

Así, aplican a los alimentos envasados destinados tanto para el consumo humano que se fabriquen, procesen, distribuyan, transporten, almacenen, envasen, importen y/o comercialicen en el territorio nacional, así como para ingredientes utilizados para la elaboración de preparaciones gastronómicas.

Igualmente, se adaptan y adoptan las siguientes definiciones:

  1. Aceites y grasas parcialmente hidrogenados: Son aquellos aceites y grasas sometidos al proceso de hidrogenación parcial y que además tienen un índice de yodo superior a cuatro (4).
  2. Grasas trans industriales: corresponden a todos los ácidos grasos insaturados con al menos un doble enlace en la configuración trans, que se generan mediante procesos industriales, incluyendo hidrogenación parcial, y tratamientos térmicos o químicos de aceites y grasas.

Por último, los contenidos de grasas trans industriales en los alimentos para consumo humano, corresponderá a los siguientes parámetros:

  1. La cantidad de grasas trans industriales en los alimentos de consumo humano no puede exceder los 2 gramos por 100 gramos o 100 mililitros, de grasa total.
  2. Se prohíbe el uso de aceites parcialmente hidrogenados en el procesamiento de alimentos envasados para consumo humano y en la elaboración de preparaciones gastronómicas.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 8 de agosto de 2024.

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