En días pasados, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN publicó el Concepto No. 1620 de 2024 sobre la adición al Concepto Unificado de la Obligación de facturar y Sistema de Factura Electrónica.
De esta manera, se consulta si ¿Los comerciantes se encuentran en la obligación de expedir factura de venta o documento equivalente en todos los casos que realicen operaciones de venta y/o prestación de servicios?
Así, los comerciantes son sujetos obligados a facturar, sin embargo, si estos tienen la calidad de no responsables del impuesto sobre las ventas o no responsables del impuesto nacional al consumo de restaurantes y bares, o se encuentran dentro de las excepciones, no tienen que cumplir con dicha obligación.
Igualmente, los comerciantes son sujetos obligados a expedir factura de venta o documento equivalente, se refiere a aquellos comerciantes que no se encuentran expresamente exceptuados del cumplimiento de esta obligación, es decir a los responsables del impuesto sobre las ventas, los responsables del impuesto nacional al consumo de restaurantes y bares o aquellos que no se encuentren dentro de las excepciones contempladas, en cuyo caso deberán expedir factura de venta o documento equivalente en las operaciones de venta y/o prestación de servicios que realicen.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.