Notijurídico 112 - La Corte Constitucional declaró exequible la Ley 2300 de 2023 que protege el derecho a la intimidad de los consumidores

En días pasados, la Corte Constitucional publicó el Comunicado No. 29 de 2024 con la Sentencia C-278 de 2024 mediante la cual declaró exequible la Ley 2300 de 2023 “por medio de la cual se establecen medidas que protejan el derecho a la intimidad de los consumidores”, al considerar que su aprobación no se sujetaba al trámite propio de las normas estatutarias sino al que corresponde a las leyes ordinarias.

De esta manera, la norma demandada era la Ley 2300 de 2023 “por medio de la cual se establecen medidas que protejan el derecho a la intimidad de los consumidores”.

Así, le correspondió a la Sala Plena de la Corte Constitucional definir si la materia regulada por la Ley 2300 de 2023 se encuentra comprendida por la reserva de ley estatutaria prevista en el literal a) del artículo 152, conforme al cual se sujeta a dicha reserva la regulación de los derechos y deberes fundamentales de las personas, así como los procedimientos y recursos para su protección. Según la demandante, el contenido de la ley acusada constituía una regulación integral, completa y sistemática de los derechos fundamentales a la intimidad y al habeas data, ocupándose además de su núcleo esencial y los principios básicos que definen su alcance.

Igualmente, la Sala Plena precisó que la ley demandada tiene por objeto, según lo establece su artículo 1º, proteger el derecho a la intimidad de los consumidores, estableciendo los canales, el horario y la periodicidad en la que estos pueden ser contactados por las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y todas las personas naturales y jurídicas que adelanten gestiones de cobranza de forma directa, por medio de terceros o por cesión de la obligación.

Por último, concluyó la Corte que la iniciativa que tuvo el Congreso al expedir la Ley 2300 de 2023, se enlaza con el interés de que las interacciones que el mercado promueve tengan lugar en un marco que se tome en serio la especial posición de los consumidores. En ese contexto, advirtió que es el legislador ordinario quien tiene la responsabilidad especial de hacerlo y, en consecuencia, declaró exequible la ley.

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