En días pasados, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se corrige un error formal en el Decreto por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas y se corrigen unos errores formales”.
De esta manera, tiene por objeto corregir en el artículo 1 del Decreto 1881 de 2021 las siguientes subpartidas, las cuales quedarán con el siguiente código y designación:
- Código 8706.00.91.20 --- Designación de la mercancía: De vehículos de las subpartidas 8704.32.10.10, 8704.42.00.00, 8704.52.00.00 u 8704.60.90.00.
- Código 8706.00.92.40 --- Designación de la mercancía: De vehículos de las subpartidas 8704.32.20.10, 8704.32.90.10, 8704.42.00.00, 8704.43.00.00, 8704.52.00.00 u 8704.60.90.00.
- Código 8706.00.99.30 --- Designación de la mercancía: De vehículos de las subpartidas 8704.41.90.00, 8704.51.90.00 u 8704.60.90.00.
Por último, el presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, modifica el artículo 2º del Decreto 2266 de 2023, el Decreto 1881 de 2021 y demás normas que lo aclaren, modifiquen o deroguen.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 30 de julio de 2024.