Notijurídico 102 - MinSalud establecerá requisitos que deben cumplir las Empresas Sociales del Estado que son intervenidas por la Superintendencia Nacional de Salud

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se establecen los requisitos y condiciones que deben cumplir las Empresas Sociales del Estado en riesgo medio o alto que son intervenidas para administrar por parte de la Superintendencia Nacional de Salud para la ejecución de los recursos que le distribuyan las Entidades Territoriales departamentales y distritales del Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud – FONSAET”.

De esta manera, tiene por objeto establecer los requisitos y condiciones que deben cumplir las Empresas Sociales del Estado en medida de intervención forzosa administrativa para administrar ordenada por la Superintendencia Nacional de Salud, para la ejecución de los recursos asignados a las entidades departamentales o distritales destinados a financiar los programas de saneamiento fiscal y financiero de Empresas Sociales del Estado categorizadas en riesgo medio o alto y que en el proceso de trámite y elaboración de dicho programa, la Superintendencia Nacional de Salud ordena la medida de intervención forzosa administrativa para administrar.

Así, la Superintendencia Nacional de Salud a través de la Delegada correspondiente, remitirá a la entidad departamental o distrital, la solicitud de recursos con el monto requerido para el pago de obligaciones, certificada por el Agente Interventor, Contador y Contralor o Revisor fiscal de la Empresa Social del Estado en Intervención Forzosa Administrativa para Administrar, cumpliendo con las condiciones de las obligaciones establecidas.

Igualmente, una vez recibida la aprobación por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, la entidad departamental o distrital realizará el giro, de la totalidad de los recursos distribuidos a la Empresa Social del Estado en intervención forzosa administrativa para administrar por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, de la cuenta “Otros Gastos en Salud – Inversión” al encargo fiduciario, que deberá constituir dicha Empresa Social del Estado con una entidad fiduciaria pública del orden nacional, para lo cual enviará a la entidad departamental o distrital copia de los siguientes documentos:

  1. Copia del contrato de encargo fiduciario constituido con una entidad fiduciaria pública del orden nacional por la Empresa Social del Estado.

  2. Copia del Registro Único Tributario (RUT) de la Empresa Social del Estado beneficiaria de los recursos.

  3. Certificado emitido por la entidad bancaria en la que conste el tipo y número de la cuenta en la que se manejarán los recursos del Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud – FONSAET, girados desde el departamento o distrito.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 28 de julio de 2023.

Iniciar sesión para dejar un comentario
Notijurídico 101 - Concejo de Bogotá dictará los lineamientos para la creación de zonas seguras de intercambio comercial en la ciudad
>