Notijurídico 100 - Secretaría de Movilidad reglamentará el uso de cámaras corporales asignadas al Cuerpo de Agentes de Tránsito y Transporte

En días pasados, la Secretaría de Movilidad, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por medio de la cual se reglamenta el uso de cámaras corporales asignadas al Cuerpo de Agentes de Tránsito y Transporte adscrito a la Secretaría Distrital de Movilidad”.

De esta manera, tiene por objeto reglamentar el uso obligatorio de cámaras corporales para el Cuerpo de Agentes de Tránsito y Transporte, dispositivos electrónicos que tienen como finalidad brindar mayor transparencia en los procedimientos de control operativo en vía, mejorar la convivencia ciudadana y afianzar la confianza de la ciudadanía en la Secretaría Distrital de Movilidad y su Cuerpo de Agentes de Tránsito y Transporte.

Así, las condiciones de uso para los procedimientos realizados por el Cuerpo de Agentes de Tránsito y Transporte, son:

  1. Las cámaras realizarán la grabación de procedimientos relacionados con la vigilancia y el control del tránsito, el transporte y el fomento a la seguridad vial.

  2. La cámara realizará una grabación continua de todo el turno de servicio, con base en los requerimientos técnicos y la autonomía de la batería de las mismas.

  3. La cámara se entregará encendida al agente y no la podrá apagar durante el servicio.

  4. Los videos de situaciones particulares (procedimientos que resulten en alteración del orden público, agresiones a los agentes, abandono de documentos, negativa a la presentación de documentos) serán marcados con una etiqueta para ubicarlos fácilmente y se mantendrán almacenados por un periodo mínimo de seis (6) meses.

Igualmente, las cámaras corporales, se usan incorporadas al uniforme, con batería recargable y con almacenamiento local que permite la captura de audio y video. Cada cámara cuenta con una conexión a datos móviles que le permite realizar transmisión de video en vivo y el envío de información al software de gestión, como el estado de la batería y la ubicación geográfica.

Por último, la cámara está configurada para no permitir la descarga de información a través de otros medios diferentes a las estaciones de descarga y de esta manera el audio y video no puede ser eliminado o alterado por el portador de la cámara. Solo a través del software de gestión se podrá tener acceso a la información descargada.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 25 de julio de 2023.

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