En días pasados, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible publicó la Resolución No. 803 de 2024 “Por la cual se desarrollan parcialmente las disposiciones sobre la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos plásticos de un solo uso”.
De esta manera, tiene por objeto reglamentar las medidas administrativas para garantizar el cumplimiento de la Ley 2232 de 2022 sobre los instrumentos de manejo y control para la implementación de la responsabilidad extendida del productor.
Así, aplica en todo el territorio nacional a los productores de envases y empaques y fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso.
Igualmente, aplica a los residuos de envases y empaques de ventas primarios, secundarios o de único uso, entendiendo como todo recipiente, embalaje o envoltura de papel, cartón, plástico, vidrio y metal, nacionales o importados, puestos en el mercado nacional y que están concebidos para constituir una unidad de venta al consumidor final, y a los productos plásticos de un solo uso.
Por último, se excluyen del ámbito de aplicación de esta norma:
- Aquellos envases y empaques y productos plásticos de un solo uso, que correspondan a residuos peligrosos, según lo establecido en la normatividad vigente.
- Residuos de envases y empaques de madera y fibras textiles o naturales, distintas a papel y cartón.
- Empaques y envases de fármacos y medicamentos.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.