En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se modifica y actualiza el procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro y análisis de la información de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC, servicios complementarios y algunas tecnologías financiadas con recursos de la UPC, en los regímenes contributivo y subsidiado, exclusiones explícitas”.
De esta manera, tiene por objeto establecer el procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro y análisis de la información de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC, servicios complementarios y algunas tecnologías financiadas con recursos de la UPC, en los regímenes contributivo y subsidiado y exclusiones explícitas, así como fijar el procedimiento de reconocimiento y pago de recobro/cobro ante la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES).
Así, las disposiciones contenidas en la presente resolución aplican a las Entidades Promotoras de Salud –EPS, las entidades obligadas a compensar (EOC), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPS, a los profesionales de la salud, proveedores o dispensadores, ADRES y demás agentes o entidades recobrantes que suministren a los afiliados las tecnologías en salud y servicios complementarios de que trata este acto administrativo.
Igualmente, la prescripción de las tecnologías en salud o servicios complementarios de que trata este acto administrativo, será realizada por el profesional de la salud tratante, el cual debe hacer parte de la red definida por las EPS o las EOC, a través de la herramienta tecnológica que para tal efecto disponga este Ministerio, la que operará mediante la plataforma tecnológica SISPRO con diligenciamiento en línea o de acuerdo con los mecanismos tecnológicos disponibles en la correspondiente área geográfica.
Por último, el ingreso al aplicativo de reporte de prescripción de tecnologías en salud o servicios complementarios de que trata este acto administrativo, está supeditado a la obtención previa de usuario y clave, la que será solicitada ante este Ministerio por cada profesional de la salud, quien deberá estar inscrito en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (ReTHUS).
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 19 de julio de 2023.