En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución No. 925 de 2022, “Por la cual se definen las tarifas aplicables a la población afiliada a través del mecanismo de contribución solidaria al Régimen Subsidiado”.
De esta manera, se definen las tarifas aplicables a la población afiliada al Régimen Subsidiado a través del mecanismo de contribución solidaria, clasificada en el Grupo D conforme la metodología IV del Sisben.
Así, se encuentran dirigidas a:
Población clasificada como no pobre, no vulnerable (grupo D metodología Sisbén IV).
La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud — ADRES.
Las Entidades Promotoras de Salud - EPS.
Los operadores de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes — PILA.
Las entidades territoriales del orden municipal, distrital y departamental para aquellos territorios no municipalizados.
Por último, el monto a pagar por núcleo familiar corresponderá a la suma de las tarifas de cada uno de sus miembros mayores de edad, de acuerdo con la clasificación Sisben en su metodología y será realizado por el miembro cabeza de familia, quien aceptará el pago de la tarifa a través del sistema de afiliación transaccional .
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.