Notijurídico 095 - MinSalud reglamentará el mecanismo de validación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud como soporte de la Factura Electrónica

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se reglamenta el mecanismo único de validación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud – RIPS como soporte de la Factura Electrónica de Venta en Salud”.

De esta manera, tiene por objeto establecer el mecanismo único de validación de la estructura, contenido y relación de los datos del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud –RIPS, como soporte de la factura electrónica de venta -FEV en salud y de los documentos electrónicos asociados a la misma, notas crédito y notas débito, a las notas ajuste del RIPS y los RIPS sin una factura, según el caso.

Así, el mecanismo único de validación es el conjunto organizado de procesos, sistemas de información, entidades y personas, que deben utilizar los facturadores electrónicos del sector salud para cumplir con la validación única del RIPS como soporte de la FEV en salud y sus documentos electrónicos, o las demás entidades obligadas a reportar RIPS, y realizar su envío al Ministerio, en cumplimiento de las disposiciones y reglas de validación.

Igualmente, el mecanismo único de validación del RIPS se compone de:

  1. Sistema de información de validación y envío de archivos

  2. Proceso de registro o actualización de entidades.

  3. Proceso de disposición de datos.

Por último, el sistema de información de validación del RIPS corresponde a la solución tecnológica del mecanismo único de validación del RIPS, desarrollada por el Ministerio de Salud y Protección Social para la certificación del cumplimiento de las condiciones técnicas y requerimientos funcionales, que permite la recepción, validación y transmisión del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud –RIPS, como soporte de la factura electrónica de venta en salud y de los documentos electrónicos asociados a la misma, notas crédito y notas débito, y las Notas Ajuste del RIPS, o los RIPS sin factura, según el caso, así como la generación de reportes del resultado de las anteriores actividades.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 14 de julio de 2023.

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