Notijurídico 093 - DIAN reglamentará el Registro de los Contratos de Importación de Tecnología

En días pasados, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se reglamenta y se establece la forma, contenido y términos para el Registro de los Contratos de Importación de Tecnología ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales”.

De esta manera, tiene por objeto establecer el procedimiento para llevar, supervisar, controlar y administrar el registro de los contratos de importación de tecnología, como requisito de deducibilidad en materia del impuesto sobre la renta en adición a los requisitos propios de las expensas necesarias por pagos a terceros contemplados en el Estatuto Tributario, así como expedir las certificaciones correspondientes a través del Servicio Informático Electrónico Registros, Autorizaciones y Certificaciones.

Así, los contratos de importación de tecnología que se registren ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, corresponden a los enmarcados en las siguientes modalidades:

  1. Contratos de licencia de tecnología

  2. Contratos de licencia de marcas

  3. Contratos de licencia de patentes

  4. Contratos de asistencia técnica

  5. Contratos de servicios técnicos

  6. Contratos de ingeniería básica

  7. Los demás contratos tecnológicos

Igualmente, el contrato de importación de tecnología se deberá presentar para registro dentro de los seis (6) meses siguientes a la suscripción del contrato. En caso de que se modifique el contrato, la solicitud de registro se debe efectuar dentro de los tres (3) meses siguientes al de su modificación.

Por último, para contratos cuya vigencia es menor a seis meses; tendrán un plazo de seis meses para presentar la solicitud de registro contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. Para efecto de diligenciar el Formulario 020 en la casilla No. 71 de Vigencia del contrato Fecha hasta, es válido digitar en dicha casilla la fecha de los seis meses siguientes a la suscripción del contrato.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 5 de julio de 2023.

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