En días pasados, el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación - ICONTEC publicó el Proyecto de Norma Técnica Colombiana No. 5767 de 2024 sobre las mezclas en polvo para preparar refrescos o bebidas instantáneas.
De esta manera, el objeto y campo de aplicación de la presente Norma Técnica será:
- Esta norma establece los requisitos que deben cumplir las mezclas en polvo para preparar refrescos o bebidas instantáneas.
- Esta norma se aplica a las mezclas en polvo para preparar refrescos o bebidas instantáneas por reconstitución con agua o leche.
- Se excluyen las bebidas: instantáneas malteadas, achocolatadas, a base de cereales, a base de café, y derivados; energéticas; energizantes; hidratantes para la actividad física y el deporte (NTC 3837); agua saborizada y refresco de agua saborizada (NTC 5514); de té (NTC 5851) y funcionales (NTC 5839).
Así, encontramos como requisitos generales los siguientes:
- Se debe tener en cuenta la legislación nacional vigente para la elaboración, preparación y manipulación del producto.
- Se permite la adición de aditivos tecnológicamente necesarios para su elaboración, autorizados por la legislación nacional vigente o en su defecto por el Codex Alimentarius.
- Se podrán adicionar vitaminas y minerales de acuerdo con lo establecido en la legislación nacional vigente.
- Los refrescos o bebidas preparadas a partir de las mezclas en polvo, deben tener sabor, aroma y apariencia característicos del producto, libre de olores y sabores extraños u objetables.
- Los refrescos o bebidas preparadas a partir de las mezclas en polvo, se deben reconstituir y diluir completamente, con agitación manual.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 7 de junio de 2024.