Notijurídico 086 - MinTic modificará la contraprestación periódica a cargo de los operadores postales para el período 2024 - 2026

En días pasados, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se modifica la contraprestación periódica a cargo de los operadores postales para el período 2024 - 2026”.

De esta manera, con base en las anteriores consideraciones, este documento está dirigido a proponerle a la industria la contraprestación aplicable para el período de dos (2) años de que habla la Ley 1369 de 2009, comprendido entre el 1º de julio del año 2024 y el 30 de junio de 2026, considerando para tal efecto las bases técnicas y la evolución de los diferentes mercados que conforman la industria postal colombiana, generando a partir de las mismas un ejercicio de prospección de dichos mercados y los pagos que debe hacerle el Fondo TIC a SPN, para cubrir el déficit del Servicio Postal Universal (en adelante, SPU), la atención de las franquicias postales (la Franquicia Postal y la Franquicia Telegráfica), así como los gastos de personal, de operación y de vigilancia, de la misma manera que las inversiones en proyectos asociados a la industria postal que realizan el FUTIC y el MinTIC con los recursos provenientes de las contraprestaciones que pagan los operadores postales.

Así, una contraprestación periódica equivalente al 1,6% (uno coma seis por ciento) de sus ingresos brutos por concepto de la prestación de servicios postales, para la vigencia comprendida entre el 1 de julio del 2024 y el 30 de junio del 2026, inclusive.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 5 de junio de 2024.

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