En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó el Proyecto de Decreto “Por la cual se modifican los requisitos para el personal auxiliar en las áreas de la salud del Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social”.
De esta manera, serán considerados como personal auxiliar en las áreas de la salud los siguientes:
- Auxiliar Administrativo en Salud;
- Auxiliar en Enfermería;
- Auxiliar en Salud Oral;
- Auxiliar en Salud Pública;
- Auxiliar en Servicios Farmacéuticos;
- Auxiliar Promotor de Salud.”
Así, para obtener el Certificado de un programa en las áreas auxiliares de la salud, se requiere haber cursado y finalizado un programa con una duración mínima de mil seiscientas (1.600) horas y máxima de mil ochocientas (1.800) horas, de las cuales el 60% son de formación práctica y el 40% de formación teórica, y haber alcanzado el cumplimiento de las competencias laborales obligatorias.
Igualmente, el programa de formación del Auxiliar promotor de salud y la oferta de formación en los territorios, deberá responder a la adecuación intercultural y al enfoque diferencial de los grupos étnicos y comunidades campesinas. Esto implica las adecuaciones etnoculturales de los programas a las cosmovisiones, saberes y prácticas etnoculturales propias.
Por último, la ocupación de promotor de salud es la ejercida por un auxiliar en salud, cuyos sujetos de atención son las personas, las familias y la comunidad de un territorio, de acuerdo con la diversidad étnica, sociodemográfica, sanitaria, ambiental y cultural del mismo, que articula a la comunidad y los actores del sistema de salud, contribuyendo así al cuidado de la vida, la salud, la promoción de la salud, el bienestar integral de las poblaciones y el logro de resultados en salud.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 31 de mayo de 2024.