Notijurídico 085 - Consejo Superior de la Judicatura adopta el protocolo de audiencias judiciales de la Rama Judicial

En días pasados, el Consejo Superior de la Judicatura publicó el Acuerdo No. 12185 de 2024 “Por el cual se adopta el protocolo de audiencias judiciales de la Rama Judicial”.

De esta manera, tiene por objeto adoptar el protocolo de audiencias para la Rama Judicial, que contiene y unifica las reglas y pautas generales de conducta que deben cumplir y aplicar los magistrados, jueces, partes y, en general, todas las personas que intervengan en las audiencias, presenciales, virtuales o híbridas, en los asuntos que se adelanten en todas las jurisdicciones y especialidades de los despachos judiciales del territorio nacional.

Así, las audiencias se regirán por las reglas procesales inherentes a cada jurisdicción, especialidad y subespecialidad, garantizando el debido proceso, el acceso a la administración de justicia, la publicidad, inmediación, concentración y los demás principios establecidos en la normatividad vigente, especialmente en los respectivos códigos y leyes procesales.

Igualmente, las audiencias presenciales e híbridas deberán adelantarse en las salas físicas de las sedes judiciales establecidas por el Consejo Superior de la Judicatura. Las audiencias virtuales y las que se realicen por fuera de las sedes judiciales utilizarán la plataforma, medios tecnológicos y demás herramientas institucionales que disponga el Consejo Superior de la Judicatura, implementadas como apoyo para su realización, seguridad, disposición y conservación.

Por último, las audiencias, por regla general, serán públicas. Se garantizará el ingreso, acceso o la transmisión en directo de la audiencia a las partes, intervinientes, familiares o personas cercanas a ellas, medios de comunicación y la comunidad en general. Excepcionalmente, con fundamento en una disposición constitucional o legal y de manera motivada, el juez o magistrado podrá ordenar que la audiencia sea reservada. De la misma manera, podrá limitar, de manera total o parcial, el acceso de público y medios de comunicación.

Para mayor información acceder al documento que se acompaña.

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