Notijurídico 084 - El INVIMA establecerá los procedimientos y trámites administrativos para la habilitación de fábricas ubicadas en el exterior

En días pasados, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA publicó el Proyecto de Resolución “Por medio de la cual se establecen los procedimientos y los trámites administrativos para la habilitación de fábricas ubicadas en el exterior o del sistema de inspección, vigilancia y control que deben surtir ante el Invima, los países interesados en exportar a Colombia, alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal”.

De esta manera, tiene por objeto establecer los procedimientos y trámites administrativos que se adelantan ante el Invima para la habilitación de fábricas de alimentos ubicadas en el exterior o del sistema de inspección, vigilancia y control de los países interesados en exportar a Colombia alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal (leche y derivados lácteos, derivados cárnicos, pescado y productos de la pesca y ovoproductos) desde el ámbito de la inocuidad.

Así, la autoridad sanitaria del país interesado en solicitar el trámite de habilitación de fábricas ubicadas en el exterior o del sistema de inspección vigilancia y control de los países interesados en exportar a Colombia alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal, deberá verificar previamente el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  1. Que las fábricas interesadas en exportar a Colombia alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal, previo a la solicitud de habilitación, cuenten con requisitos zoosanitarios autorizados por el Instituto Colombiano Agropecuario–ICA- para los alimentos de origen animal que se incluirán dentro de su alcance, según la especie de la cual provengan y conforme lo establecido en las normas de la Secretaría General de la Comunidad Andina CAN.
  2. Que los interesados en solicitar habilitación de fábricas para exportar a Colombia derivados cárnicos hayan verificado que el país de origen de la materia prima cárnica con la cual se elaboran estos alimentos, cuente previamente con la “autorización de importación mediante el reconocimiento de equivalencia de los sistemas de inspección, vigilancia y control de la carne y productos cárnicos comestibles de países que exportan o estén interesados en exportar a Colombia”.

Por último, la habilitación otorgada por el Invima a las fábricas exportadoras de alimentos de mayor riesgo en salud pública de origen animal tendrá una vigencia de cinco (5) años contados a partir de la inclusión en la lista de habilitación expedida por el Invima.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 29 de mayo de 2024.

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