Notijurídico 084 - DIAN modificará Resolución sobre Beneficiarios Finales y el Registro Único de Beneficiarios Finales

En días pasados, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por la cual se modifica la Resolución sobre Beneficiarios Finales y el Registro Único de Beneficiarios Finales”.

De esta manera, cuando el beneficiario final identificado haya fallecido o fallezca teniendo esa calidad, la información deberá corresponder a los datos de este. Una vez expedida la escritura de liquidación de la sucesión, se deberá adelantar la actualización del Registro Único de Beneficiarios Finales –RUB.

Igualmente, las Juntas de Acción Comunal reconocidas, constituidas al 31 de mayo de 2024, deberán efectuar el suministro inicial de la información en el Registro Único de Beneficiarios Finales -RUB a través de los sistemas informáticos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, a más tardar el 31 de julio de 2024, proporcionando la información correspondiente a la fecha en que se efectúa el suministro de la información. Las constituidas a partir del 1° de junio de 2024, deberán hacerlo a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a la inscripción en el Registro Único Tributario -RUT.”.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 21 de junio de 2023.

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