En días pasados, el Ministerio de Transporte, publicó para comentarios el Proyecto de Resolución “Por medio del cual se expide la Resolución Única Compilatoria en materia de Transporte Terrestre del Ministerio de Transporte”.
De esta manera, tiene por objeto adoptar las reglas con las cuales se desarrollará el procedimiento para el otorgamiento del permiso de operación de rutas y horarios en el servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera.
Así, se puede establecer la libertad de horarios para la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera, autorizando la modificación e incremento de horarios en las rutas que legalmente tienen autorizadas las empresas transportadoras.
Igualmente, con una antelación no menor a cinco (5) días de su puesta en vigencia, las empresas de transporte deberán difundir y mantener informados a los usuarios acerca de los horarios en los cuales prestarán el servicio en las diferentes rutas autorizadas, discriminándolas según el nivel de servicio.
Por último, con el fin de evaluar la conveniencia de la libertad de horarios establecida en la presente resolución, el Ministerio de Transporte hará seguimiento permanente del comportamiento y prestación del servicio en períodos trimestrales, para mantener la medida o adoptar los respectivos mecanismos de intervención.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 19 de mayo de 2022.