Notijurídico 083 - MinSalud modificará la Resolución que define los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó el Proyecto de Resolución “Por la cual se modifica la Resolución que define los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud”.

De esta manera, tiene por objeto definir los procedimientos y las condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud, así como adoptar, en el anexo técnico, el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud el cual hace parte integral del presente acto administrativo.

Así, la autoevaluación es el mecanismo de verificación de las condiciones de habilitación establecidas en el Manual de Prestadores y de Habilitación de Servicios de Salud, que efectúa periódicamente el prestador de servicios de salud y la posterior declaración de su cumplimiento en el REPS.

Igualmente, la inscripción de un prestador de servicios de salud se inactivará, si no realiza la autoevaluación de la totalidad de sus servicios habilitados con su correspondiente declaración en el REPS, dentro del término previsto en la presente resolución. Si dicho prestador desea inscribirse y habilitar servicios de salud deberá dar cumplimiento al procedimiento determinado en el artículo 7 de la presente resolución y la visita de reactivación será priorizada en el plan anual de visitas de la siguiente vigencia.

Por último, cuando por incumplimiento de las condiciones de habilitación se presente el cierre de uno o varios servicios de una institución prestadora de servicios de salud y sea el único prestador de dichos servicios en su zona de influencia, la secretaría de salud departamental o distrital, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias, en conjunto con el prestador y las entidades responsables de pago, deberán elaborar en un plazo de cinco (5) días, previos al cierre, un plan que permita la reubicación y la prestación de servicios a los pacientes, según sus necesidades y condiciones médicas.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 31 de mayo de 2024.

Descargue el documento aquí

Iniciar sesión para dejar un comentario
Notijurídico 083 - DIAN modificará la habilitación de cruces de frontera