Notijurídico 080 - MinSalud dictará disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización

En días pasados, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó el Proyecto de Resolución “Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad”.

De esta manera, tiene por objeto establecer el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLCPD), este último como mecanismo para localizar, caracterizar y certificar a las personas con discapacidad, cuyo manual para efectos de la valoración multidisciplinaria y del registro de la información, se encuentra contenido en el anexo técnico denominado “Manual Técnico de Certificación y Registro de Discapacidad”, que hace parte integral de este acto administrativo.

Así, se aplican a las secretarías de salud del orden departamental, distrital y municipal, o a las entidades que hagan sus veces, a las entidades promotoras de salud de los regímenes Contributivo y Subsidiado, a las entidades adaptadas, a los prestadores de servicio de salud, a las Entidades Territoriales y a las personas interesadas en realizar el procedimiento de certificación de discapacidad.

Igualmente, los regímenes Especial y de Excepción y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios de Colombia (USPEC), adaptarán la presente regulación o adoptarán la propia, con recursos y procesos propios, estableciendo para ello, los trámites y autoridades competentes dentro de su sistema organizacional para la recepción de solicitudes de certificación; la generación de la orden para la realización del procedimiento; la asignación de citas; la realización del procedimiento en los prestadores de servicios de salud autorizadas para ello por las secretarías de salud de orden departamental, distrital, o las entidades que hagan sus veces, o en las instituciones de salud propias, así como su pago..

Por último, el procedimiento de certificación de discapacidad corresponde a la valoración clínica multidisciplinaria simultánea, fundamentado en la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud (CIF), que permite establecer la existencia de discapacidad, a partir de la identificación de las deficiencias en funciones y estructuras corporales, incluyendo las psicológicas, las limitaciones en la actividad y las restricciones en la participación que presenta una persona, este procedimiento hace parte del proceso de rehabilitación de las personas con discapacidad y la información capturada en el marco del mismo, hará parte integral de la historia clínica de la persona valorada.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 28 de mayo de 2024.

Descargue el documento aquí

Iniciar sesión para dejar un comentario
Notijurídico 080 - El Congreso de la República buscará establecer el procedimiento de multas de inasistencia en la propiedad horizontal