Notijurídico 078 - MinAmbiente reglamentará el Fondo para la Vida y la Biodiversidad

En días pasados, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamenta el Fondo para la Vida y la Biodiversidad”.

De esta manera, tiene por objeto reglamentar los artículos 223 del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia potencia mundial de la vida”, a efectos de establecer los órganos de gobierno y administración del Fondo para la Vida y la Biodiversidad, así como los mecanismos para el ingreso, administración y ejecución de los recursos que lo integra y definir aspectos relacionados con el negocio fiduciario, a través del cual se constituirá el patrimonio autónomo, que administrará los recursos del Fondo para la Vida y la Biodiversidad.

Así, el objeto del Fondo para la Vida y la Biodiversidad es articular, focalizar y financiar la ejecución de planes, programas y proyectos, de índole nacional o territorial, encaminados a la acción y resiliencia climática, la gestión ambiental, la educación y participación ambiental y la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y la biodiversidad, así como al cumplimiento de las finalidades establecidas para el Impuesto Nacional al Carbono y las establecidas para los recursos generados a favor de la Nación, provenientes de la implementación del Programa Nacional de Cupos Transables de Emisiones (PNCTE).

Igualmente, para el desarrollo de su objeto, en el marco de las acciones de articulación, focalización y financiación, así como para el cumplimiento de las finalidades establecidas para los recursos del Impuesto Nacional al Carbono y los provenientes de la implementación del Programa Nacional de Cupos Transables de Emisiones (PNCTE), el fondo podrá realizar la formulación y estructuración de planes, programas y proyectos, de índole nacional o territorial.

Por último, mediante la ejecución de los recursos del fondo se promoverá la descentralización, la participación del sector privado, incluyendo organizaciones comunitarias y étnicas, y el fortalecimiento de la gestión de las entidades nacionales y territoriales, con responsabilidades en estas materias. Para el efecto, podrá financiar o cofinanciar planes, programas y proyectos interinstitucionales de acción conjunta ejecutados por personas jurídicas, públicas, privadas o mixtas, de manera que se asegure la eficiencia y coordinación entre las entidades en el ejercicio de funciones y competencias.

De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 13 de junio de 2023.

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