En días pasados, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, publicó para comentarios el Proyecto de Decreto “Por la cual se modifica parcialmente el Decreto que estableció disposiciones para la importación de vehículos eléctricos, vehículos híbridos y sistemas de carga”.
De esta manera, establecer un gravamen arancelario del 5% para la importación anual de vehículos híbridos clasificados en las siguientes subpartidas arancelarias:
8702.20.10.00.
8702.30.10.00.
8703.40.10.00.
8703.40.90.00.
8703.50.10.00.
8703.50.90.00.
8703.60.10.00.
8703.60.90.00.
8703.70.10.00.
8703.70.90.00.
8704.41.10.00.
8704.51.10.00.
Así, hasta el 2027, se mantendrá de la siguiente manera:
1.500 unidades para los años 2017, 2018 y 2019.
2.300 unidades para los años 2020, 2021 y 2022.
3.424 unidades para el año 2023.
2.576 unidades para el año 2024.
3.000 unidades para los años 2025, 2026 y 2027.
Por último, para efectos de la aplicación del gravamen arancelario del 5%, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo a través de la Dirección de Comercio Exterior, establecerá el procedimiento para la asignación y distribución de los cupos de importaciones, de acuerdo con la reglamentación que emita para tal efecto.
De este modo y debido a las implicaciones que la iniciativa pueda tener para el gremio, lo invitamos a enviar sus comentarios a más tardar el día 15 de mayo de 2023.