En días pasados, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó el Decreto No. 390 de 2024 “Por el cual se establece el procedimiento para conceder los beneficios para la comisión de la infracción administrativa de Soborno Transnacional y para la Responsabilidad de las Personas Jurídicas por Actos de Corrupción”.
De esta manera, tiene por objeto establecer el procedimiento bajo el cual la Superintendencia de Sociedades podrá conceder los beneficios por colaboración para la conducta de soborno transnacional y para la responsabilidad administrativa sancionatoria contra personas jurídicas y sucursales de sociedades extranjeras.
Así, la solicitud de beneficios por colaboración podrá presentarse con anterioridad al inicio de la actuación administrativa, caso en el cual, la Superintendencia de Sociedades estudiará si procede el otorgamiento de la exoneración total bajo las condiciones establecidas.
Igualmente, si la solicitud de beneficios por colaboración es presentada con posterioridad al inicio de la actuación administrativa, el solicitante podrá allegar la información y pruebas que cumplan con los criterios establecidos.
Para mayor información acceder al documento que se acompaña.